LOGRAMOS LA ABSOLUCIÓN DE UN DELITO DE ESTAFA AL SEGURO
Basilea abogados consigue la absolución de un asegurado a quien su compañÃa de seguros atribuÃa la comisión de un delito de estafa y un delito de incendio en bienes propios, previstos en los artÃculos 248, 249 y 357 del Código Penal, respectivamente, y por los que solicitaba una pena de siete años de prisión.
A través de sentencia del pasado dÃa 25 de mayo de 2023 dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 5 de Alcalá de Henares se ha declarado la libre absolución de nuestro cliente, a quien su compañÃa de seguros le atribuÃa la comisión de un delito de estafa, por el que solicitaba la imposición de una pena de tres años de prisión, y otro de incendio a bienes propios, por la que interesaba una pena de cuatro años de prisión. Además de estas penas privativas de libertad, la aseguradora solicitaba que su asegurado le indemnizase en la cantidad de 43.631,77 euros.
Además de a la acusación de su propia compañÃa de seguros, el acusado también se enfrentaba a la de compañÃa que aseguraba el inmueble donde el acusado residÃa y ejercÃa su actividad profesional, y que interesaba tanto la condena por los mismos delitos como el pago de 46.388,21 euros por los desperfectos causados en el inmueble asegurado.
Los hechos
Tal y como se refleja en los hechos probados de la sentencia, en el año 2015 el asegurado residÃa en alquiler en una vivienda unifamiliar, en cuya planta sótano habÃa instalado la maquinaria necesaria para desarrollar su actividad profesional.
En la noche de un sábado del mes de abril del citado año, tras accionar la alarma de la vivienda, el acusado abandonó la misma y se dirigió hasta el centro de la capital. Poco más tarde se inició un incendio en el sótano del inmueble, que no sólo destruyó las máquinas y los archivos del asegurado, sino que también provocó relevantes daños en la propia vivienda.
Unos meses antes de que tuviera lugar el incendio, el asegurado habÃa suscrito una póliza de seguro para cubrir los posibles daños que pudiera sufrir la actividad comercial que desarrollaba en la vivienda.
Las compañÃas aseguradoras sostenÃan que al acusado, de manera dolosa y cumpliendo un plan preconcebido, provocó el incendio en el sótano de su vivienda, concretamente en el lugar en el que el acusado desempeñaba su actividad profesional y cuya actividad acaba de asegurar. Las acusaciones consideraban acreditado que el acusado provocó el incendio en una pequeña estancia situada en el sótano de la vivienda mediante la utilización de algún tipo de acelerante que habrÃa colocado en un cubo de plástico, abandonado a continuación de la vivienda. Una vez el incendio se extendió por el sótano, y los operarios del sistema de vigilancia de la vivienda dieron aviso de la existencia del fuego, el acusado habrÃa regresado a su domicilio, procediendo seguidamente a llamar a los servicios de emergencia.
Con posterioridad al siniestro, el acusado percibió de su compañÃa la cantidad de 43.631,77 euros, por lo que las aseguradoras entendÃan que el asegurado cometió los hechos con ánimo de obtener un beneficio económico, dada la desesperada situación económica que padecÃa, siempre según la versión de estas acusaciones.
Los informes de la Guardia Civil y la pericial de la aseguradora
La sentencia continúa en primer lugar tratando de determinar la causa del incendio y si la misma puede ser imputada al acusado. En las actuaciones judiciales existÃan varios informes emitidos precisamente a tal fin, cuya finalidad era la de determinar la causa del incendio. La defensa llevada a cabo por Basilea Abogados puso de manifiesto las contradicciones existentes entre los informes emitidos al respecto, asà como la falta de credibilidad y rigor del elaborado por el perito contratado por la compañÃa de seguros.
También se puso de manifiesto la contradicción existente entre las conclusiones del informe elaborado por un laboratorio privado contratado por la aseguradora querellante y el informe emitido por el laboratorio de CriminalÃstica de la Guardia civil, pues mientras el primero aseguraba que de las muestras analizadas se evidenciaba la existencia de acelerantes de la combustión, el segundo negaba que pudiera efectuarse tal afirmación de forma inequÃvoca.
La sentencia
Tras la declaración de todos los peritos y agentes que intervinieron en la confección de estos informes, y tras la práctica de la prueba testifical propuesta por la defensa del acusado, la sentencia acuerda la libre absolución de nuestro cliente.
Concluye que no existe prueba suficiente para asegurar que el incendio se produjo a través de una acción premeditada, y menos aún que fuera el acusado el responsable de la misma. Las contradicciones en que incurrieron los agentes y peritos actuantes, la declaración prestada por el testigo propuesto por la defensa, y el análisis de la geolocalización del acusado asà como de su comportamiento durante la noche en que se produjo el incendio, llevan al juzgado a concluir que en modo alguno puede atribuirse al acusado la autorÃa del incendio.
Puede acceder a un extracto de la sentencia en el siguiente enlace.

