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LA AUDIENCIA DE MADRID CONFIRMA QUE LA NULIDAD DE LAS MULTIDIVISA DEBE EXAMINARSE DE OFICIO

La Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid confirma que la nulidad de pleno derecho de los préstamos multidivisa debe ser analizada y, en su caso, apreciada de oficio por los tribunales.

En la sentencia obtenida por Basilea Abogados del pasado 26 de febrero de 2021, que ya es firme, la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid -especializada en esta clase de procedimientos-, desestima el recurso interpuesto por Bankinter frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 39 de Madrid.

Su aspecto más destacado radica en que a través de esta sentencia, la Audiencia Provincial establece que siempre es necesario examinar de oficio la posible nulidad de una cláusula abusiva, comenzado por este análisis sobre la base de la posible vulneración de normas imperativas.

El principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea no solo exige facultar al juez para intervenir de oficio, sino que impone a este el deber de intervenir. La sentencia recuerda que así lo afirma la STJUE de 4 de junio de 2009, según la cual "el juez que conoce del asunto ha de garantizar el efecto útil de la protección que persigue la Directiva". 

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