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ASISA VIDA CONDENADA A PAGAR 150.000 EUROS POR SU SEGURO DE VIDA

Basilea Abogados consigue una nueva sentencia por la que se condena a una compa帽铆a de seguros, en este caso ASISA VIDA, al pago de las cantidades pactadas en un seguro de vida suscrito por la tomadora del seguro con esta compa帽铆a aseguradora.

La sentencia condena a ASISA a pagar a los tres hijos menores de la asegurada fallecida los 150.000 euros que preve铆a la p贸liza para el caso de fallecimiento. En este caso la compa帽铆a tan solo reconoc铆a el pago la mitad del capital previsto, ya que pretend铆a aplicar la conocida regla de proporcionalidad, afirmando que la asegurada hab铆a omitido que padec铆a migra帽as antes de contratar la p贸liza, lo cual -siempre seg煤n la versi贸n de la compa帽铆a de seguros-, habr铆a supuesto un recargo de la prima en m谩s del doble a la abonada por la asegurada.

El caso

El pasado d铆a 19 de septiembre de 2020, la asegurada y su marido suscribieron con la entidad aseguradora ASISA VIDA sendos seguros de vida e invalidez, denominados comercialmente ASISA VIDA TRANQUILIDAD. La contrataci贸n de la p贸liza se llev贸 a cabo a trav茅s de una llamada telef贸nica, en la que tambi茅n se contest贸 a las preguntas que la empleada de la aseguradora formul贸 a los asegurados acerca de su estado de salud.

Desgraciadamente, en el mes de julio de 2021 tuvo lugar el fallecimiento de la asegurada a causa de una hemorragia subaracnoidea.

Tras el fallecimiento de su mujer, su marido -actuando en representaci贸n de sus tres hijos menores y beneficiarios de la p贸liza-, tramit贸 la declaraci贸n de siniestro ante la compa帽铆a de seguros. Tras remitir a la compa帽铆a cuanta documentaci贸n le fue solicitada, ASISA respondi贸 a que tras aplicar un factor de correcci贸n del 49,44%, proceder铆a a abonar una indemnizaci贸n de tan s贸lo 73.585,24 euros.

La raz贸n por la que la compa帽铆a de seguiros demandada aplicaba este factor de correcci贸n -determinado de forma unilateral y sin explicaci贸n alguna-, radicaba en las supuestas inexactitudes en que habr铆a incurrido la asegurada a la hora de responder al cuestionario de salud.

La raz贸n por la que la compa帽铆a de seguiros demandada aplicaba este factor de correcci贸n -determinado de forma unilateral y sin explicaci贸n alguna-, radicaba en las supuestas inexactitudes en que habr铆a incurrido la asegurada a la hora de responder al cuestionario de salud.

La sentencia

La demanda presentada por la Basilea Abogados recay贸 ante el Juzgado de Primera Instancia 4 de Legan茅s, y tras la celebraci贸n de la correspondiente vista -en la que declar贸 como testigo la neur贸loga que ven铆a tratando a la asegurada-, se ha dictado sentencia del pasado 2 de junio de 2023 por la que se reconoce el derecho de los beneficiarios de la p贸liza a percibir los 150.000 pactados en la p贸liza.

La sentencia declara que la citada doctora detall贸 que el tratamiento m茅dico que le hab铆a pautado para el dolor de cabeza le hab铆a sido retirado paulatinamente antes de contratar la p贸liza, y que adem谩s la paciente hab铆a ido mejorando de su dolor de cabeza. Tanto es as铆 que durante los meses previos a la contrataci贸n del seguro no hab铆a tomado medicaci贸n alguna. Adem谩s, la sentencia destaca que la doctora subray贸 que en ninguno de sus informes se indic贸 que la asegurada padeciera ninguna enfermedad neurol贸gica, y que tampoco se lo traslad贸 verbalmente a ella.

Por otra parte, la sentencia recuerda que ha de tenerse muy en cuenta la valoraci贸n de toda la documental aportada junto a la demanda. En concreto, de la interpretaci贸n de la p贸liza y del cuestionario de salud se desprende que la asegurada dio contestaci贸n a lo que espec铆ficamente le pregunt贸 la empleada de la aseguradora, y sin que pueda estimarse que ocultara datos que puedan considerarse de especial relevancia espec铆fica a efectos de la adecuada valoraci贸n del riesgo en la contrataci贸n del seguro por parte de ASISA.

De hecho, la sentencia destaca como en la grabaci贸n correspondiente al cuestionario de salud, la asegurada comunic贸 de forma espont谩nea sus padecimientos por s铆ndrome t贸xico, su enfermedad de asma y la medicaci贸n que tomaba. Sin embargo tales circunstancias no impidieron a la compa帽铆a contratar la p贸liza, y percibir por tanto la prima que libremente impuso a su asegurada. 

Adem谩s la sentencia lleva a cabo un exhaustivo an谩lisis de historial cl铆nico de la asegurada, detallando la medicaci贸n pautada para el dolor de cabeza, as铆 como las fechas exactas en las que le fueron prescritos tales medicamentos. Todo ello le lleva a concluir que en el momento en el que la asegurada contrat贸 la p贸liza en modo alguno falt贸 a la verdad ni tuvo reserva alguna a la hora de transmitir su verdadero estado de salud.

la sentencia destaca como en la grabaci贸n correspondiente al cuestionario de salud, la asegurada comunic贸 de forma espont谩nea sus padecimientos por s铆ndrome t贸xico, su enfermedad de asma y la medicaci贸n que tomaba.

Junto a lo anterior, la sentencia tambi茅n pone en duda que exista la necesaria relaci贸n de causalidad entre las migra帽as y la causa del fallecimiento de la asegurada, dado que el propio informe de la autopsia indica que la muerte fue natural, de origen s煤bito, sin que pueda concluirse -dado que la asegurada ninguna prueba practic贸 al respecto-, que el fallecimiento se deba necesariamente a las migra帽as que la aseguradora pretende utilizar para denegar el pago.

El Fallo de la sentencia

Por todo lo anterior la sentencia condena a ASISA a pagar a los tres hijos menores de la asegurada, como beneficiarios de la p贸liza, la cantidad de 150.000 euros correspondiente al capital previsto en el seguro para el supuesto de fallecimiento del asegurado, conden谩ndola tambi茅n al pago de los intereses del art铆culo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y a las costas del procedimiento.

Nos encontramos por tanto ante un nuevo rechazo de la aplicaci贸n unilateral que las compa帽铆as de seguros pretenden efectuar de la llamada 鈥渞egla proporcional o de equidad鈥, con la que tratan de evitar el pago de la totalidad de las cantidades pactadas en los seguros de vida o de incapacidad permanente.

Puede acceder a un extracto de la sentencia obtenida por el equipo de Basilea abogados en este enlace. 

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